El reciente caso del diputado Cuauhtémoc Blanco ha generado un intenso debate sobre el alcance del fuero constitucional y la responsabilidad de las autoridades en la impartición de justicia. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dejado en claro que el fuero no es sinónimo de impunidad y que un legislador puede ser investigado y procesado penalmente si existen elementos suficientes.
En este sentido, la Cámara de Diputados decidió no aprobar el desafuero de Blanco debido a las deficiencias en la carpeta de investigación presentada por la Fiscalía de Morelos. El expediente carecía de certificaciones formales, incluía peritajes contradictorios y no aplicaba una perspectiva de género. Además, no se acreditaron elementos fundamentales como el modo, tiempo y lugar de los hechos, y la denuncia no fue ratificada ante una autoridad competente.
Este dictamen no significa que se le nigue justicia a la víctima, sino que se exige una investigación sólida y bien fundamentada. La Fiscalía aún tiene la posibilidad de corregir sus errores y volver a presentar la solicitud de desafuero con pruebas contundentes. De hecho, si el caso se integra de manera adecuada, la acción penal puede ejercerse sin necesidad de este trámite legislativo.
El compromiso con la lucha contra la violencia de género es innegociable, pero también lo es el respeto al debido proceso. La justicia no puede construirse sobre expedientes deficientes, sino sobre la verdad y la legalidad.
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