EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DE LA CROC EXTERNA SU POSTURA SOBRE EL DICTAMEN DEL “CRÉDITO DE NÓMINA CON COBRANZA DELEGADA” EL CUAL SIGNIFICA UN RETROCESO Y UN ATENTADO AL SALARIO DE LOS TRABAJADORES

El Comité Ejecutivo nacional de la CROC, externa a la opinión pública, su postura en torno al dictamen del llamado “Crédito de Nómina con Cobranza Delegada”, el cual de ser aprobado por los legisladores federales, se consume una agresión al salario de las y los trabajadores, así como al derecho inalienable de ellos, para disponer de su salario con total libertad.

Este dictamen no propone que se obtenga ningún beneficio para el trabajador, ni para los empleadores, ni para el Estado, sólo se estaría beneficiando de forma desproporcionada e inequitativa a las entidades financieras conocidos como “Sofomes – Nomineras”, reforma que está siendo promovida por pseudolíderes complacientes que aceptan, incluso, la creación de conceptos como la famosa “libranza irrevocable”, que no existe en toda la Legislación Laboral.

Esto ha generado alarma en los trabajadores que, con una maniobra de este tipo, los legisladores que supuestamente los representan ante el Congreso de la Unión, pretenden ignorar la Ley para beneficiar a los Sofomes en detrimento del salario de las y los trabajadores, el cual debe de distinguirse por su libertad de disponibilidad, incluso para pagar sus créditos.

El universo de los trabajadores afectados por estas reformas comprende tanto a los de las empresas privadas como a los del sector público, ya que las pretendidas reformas establecen que los patrones o quienes reciban “las libranzas irrevocables” son responsables solidarios, es decir; que pueden ser investigados y sancionados por las autoridades o la Auditoria Superior de la Federación en caso de los servidores públicos, motivo por la que se formula la siguiente pregunta: ¿Quién pagará por los pasivos contingentes o los costos de operación de todo el sistema?

Todo esto significa un retroceso a las tiendas de Raya, en el sentido de quitarle al trabajador parte de lo devengado antes de que se constituya su salario, es exactamente igual a las retenciones abusivas que los patrones imponían a sus trabajadores y que estuvo entre las causas fundamentales de la Revolución de 1910 y que ahora están prohibidas por la Constitución, por las Leyes y por los Tratados Internacionales que ha firmado nuestro país.

Para terminar la aberración jurídica del dictamen, debe decirse que el establecimiento en la Ley del concepto nuevo “Libranza Irrevocable” es un eufemismo, para no decir “Libranza vitalicia”, lo que es prácticamente injusto, antiguo, nefasto, abusivo e insoportable e inaceptable, dictamen que no se sustenta en ningún reclamo, demanda o petición de los trabajadores o de la sociedad en torno al tema.

Es por eso que hacemos un llamado de atención a legisladores progresistas que sostienen causas de beneficio popular, y que apoyan esta reforma que fue inicialmente, propuesta por el entonces Senador Pedro Haces y aprobada ligeramente, en el Senado de la República, motivo por la cual, la CROC, demanda una reconsideración urgente y llama a la conciencia social de las y los legisladores para detener este atropello.