Mérida, Yucatán a 07 de agosto de 2021; La Fiscalía General del Estado (FGE) formuló la imputación a J.C.C.P. por el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, denunciado por no pagar completa la manutención de sus hijos.

Tras la denuncia interpuesta, los especialistas de la Fiscalía comenzaron la indagatoria e integraron la carpeta de investigación, donde se establece que en 1998 el encausado y la denunciante contrajeron matrimonio y procrearon tres hijos, dos de ellos actualmente mayores de edad.

Posterior a la disolución del vínculo matrimonial en el año 2017, se le impuso al encausado el pago de la manutención, pero dejó de cumplir con su obligación desde octubre de ese mismo año, por lo que en julio de 2018, los afectados promovieron un juicio ante el Juzgado Primero de Oralidad Familiar, en el cual en mayo del 2019 se dictó sentencia a favor de las víctimas y el encausado fue condenando al pago de $80,000 mil pesos mensuales.

Sin embargo en el encausado únicamente depositaba ocho mil pesos mensuales y a la par, interpuso un recurso de apelación en el cual se modificó el monto de manutención a 50 mil pesos que debía empezar a pagar a partir del noviembre del 2020, pero hasta la presente fecha únicamente deposita la cantidad de $8,000 mil pesos mensual, por lo que fue denunciado penalmente.

Durante la audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida, los fiscales de litigación formularon la imputación del delito y posteriormente expusieron los datos de prueba para solicitar la vinculación a proceso del encausado, quien se acogió a la ampliación del tiempo legal para definir su condición jurídica, por lo que la Juez Primera de Control, estableció que la audiencia continúe el próximo 12 de agosto

Por último, esta representación social expuso los argumentos para solicitar la imposición de medidas cautelares, por lo que la Juez de Control, tras valorarlo, estableció que el imputado no podrá acercarse a los afectados, deberá pagar una garantía económica, tiene prohibido salir del Estado sin autorización judicial y deberá someterse al cuidado y vigilancia del Centro Estatal de Medidas Cautelares, todas estas se mantendrán por todo el tiempo que dure el proceso.