El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán aprobó modificar los Lineamientos para el cumplimiento del principio de paridad de género en el registro de candidaturas e integración del Congreso del Estado y los Ayuntamientos para el Proceso Electoral 2020-2021, emitidos el pasado 23 de noviembre, los cuales incluían como acción afirmativa a favor de las mujeres que los partidos políticos postularan a candidatas a las primeras regidurías en al menos 10 de los 30 municipios de mayor población en la entidad.

 En acatamiento a la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán, el pasado 3 de febrero en el expediente JDC-010/2020, y con motivo de la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente identificado como SUP-REC118/2021 y SUP-REC-123/2021, acumulados, se determinó modificar el artículo 13 fracción III de los mencionados Lineamientos para darle un mayor sentido paritario de igualdad a la postulación de candidaturas.

 De esta forma, con la aprobación del Consejo realizada el día hoy se determina que, de los 30 municipios con mayor población en el Estado, los partidos políticos deberán postular 15 mujeres con la finalidad de garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades en el acceso a las mujeres a cargos públicos, al considerar que tengan las mismas oportunidades que los hombres desde un primer momento y que dispongan, además, de un entorno que permita conseguir la igualdad de resultados y cuenten con las mismas oportunidades cualitativas para acceder a las funciones públicas, conforme a criterios objetivos.

 Los 30 municipios que se encuentran en la mencionada consideración son: Mérida, Kanasín, Valladolid, Tizimín, Progreso, Umán, Tekax, Ticul, Chemax, Motul, Hunucmá, Oxkutzcab, Izamal, Peto, Maxcanú, Halachó, Tixkokob, Tecoh, Acanceh, Espita, Temozón, Yaxcabá, Tzucacab, Muna, Tinum, Akil, Conkal, Tekit, Seyé y Sotuta.

 Con las medidas aprobadas se atiende al criterio sostenido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al determinar que la dimensión cualitativa de la paridad tiene dos fines: Que sean postuladas mujeres en municipios y distritos de competitividad alta, media y baja equitativamente; y que sean postuladas mujeres en distritos o municipios con igual proyección, importancia, influencia política y posibilidades reales de triunfo.

 La aprobación fue realizada en sesión del Consejo General realizada a distancia y transmitida mediante el canal de YouTube Iepac Yucatán.